Bienvenidos un lunes más a un nuevo artículo de Globobase. Hoy te traemos este interesante y demandado artículo donde te ayudaremos a saber qué permisos necesitas para eventos privados en Semana Santa.
Estamos en época de procesiones, festejos, retiro y, en sí, época de vacaciones. Se trata de una de las festividades más importantes de los países católicos y, por lo tanto, de España. Muchas son las personas que se retiran a casas rurales, segundas viviendas y las costas españolas en estas festividades.
En los últimos años, quitando el parón por el Covid, los eventos de tipo privado ha vivido un auge y muchos son los que desean llevar a cabo espectáculos públicos y/o actividades recreativas donde sacar algo de dinero y dar a conocer su actividad artística (musical, arte pictórico, artesanía, etc).
Es importante saber a qué nos referimos cuando hablamos de espectáculos privados. Se considera espectáculo privado a todos los proyectos celebrados en recintos (tanto de titularidad pública como privada) con presencia de público. Esto último es lo que hace que un evento o reunión de índole familiar se transforme en evento privado.
Una vez comprendido esto, debemos saber qué permisos necesitas para llevar a cabo eventos privados esta Semana Santa.
A continuación te presentamos un listado que creemos que te será de mucha ayuda para poder llevar a cabo tu evento privado de forma legal esta Semana Santa y, en general, en cualquier época del año.
En primer lugar, debemos saber que todos los espectáculos con público de tipo privado y/o actividades recreativas necesitan disponer de una serie de papeles para que sea considerada una actividad legal. Consulta a continuación el listado de requerimiento público:
En primer lugar, y cómo no, hay que consultar el ordenamiento urbanístico de la localidad donde quieras llevar a cabo tu evento privado esta Semana Santa. Debes asegurarte de que el espectáculo, exhibición, mercadillo de artesanía, etc.
Para ello te recomendamos acudir a el ayuntamiento de la localidad o, si te corre prisa, consultar con un abogado especialista en ordenamiento urbanístico
Una vez hayas solicitado la información pertinente para desarrollar tu actividad o espectáculo privado, deberás pedir las licencias pertinentes. No, no podemos confirmar qué permisos son necesarios para llevar a cabo tu evento privado esta Semana Santa pues estos dependen de cada CCAA (Comunidad Autónoma).
Por ello, te recomendamos que delegues la gestión de estos permisos y/o papeles para asegurarte de que tu evento cumple con la legislación de tu CCAA. Así podrás evitar quebraderos de cabeza y simplemente disfrutar de tu actividad.
Este es un must para asegurarte de que tus eventos cumplen con la normativa de riesgos laborales, públicos y de evacuación en caso de incendios, avalanchas, etc. Una vez más, siempre es necesario consultar con un profesional de evaluación de riesgos. La prevención de riesgos es fundamental para asegurarte de que tu evento privado se desarrolla con total normalidad. Además, si tu evento se desarrolla en una local dentro de una edificación debes consultar la normativa de seguridad y estatutos de la comunidad de vecinos.
Actualmente, en España, existen una serie de condiciones básicas con las que debe contar cualquier evento particular, público o privado que se identifican con:
Fácil evacuación: las puertas y demás salidas de evacuación deben estar debidamente señalizadas y libres de obstáculos. Además, deben estar completamente accesibles para personas con movilidad reducida.
Equipo antiincendios y de prevención de fuegos: es vitalmente importante contar con un equipamiento adecuado para prevenir fuegos e incendios. Da igual que la afluencia de público sea mayor o menor, esto tiene que estar.
En relación con la anterior, también deberás consultar y evaluar las instalaciones de tal forma que las repercusiones sonoras sean las menores posibles. Una vez hayas evaluado los niveles máximos de ruido que, actualmente, se establece en 65 decibelios durante las mañanas y tardes y 55 a partir de 22:00 a 06:00 de la mañana.
Si el ruido supera estos niveles deberás acondicionar el local para que estos ruidos no sean indeseables. Desde Globobase te recomendamos la instalación de aislamiento con uno de nuestros profesionales.
Por último, y ya de cara a la movilidad durante tu evento privado en Semana Santa, te recomendamos que facilites métodos de acceso simples, accesibles a todo tipo de público. Siempre potenciando la movilidad para que no se produzcan embotellamientos en la entrada y salidas. Esto no solo de cara a la movilidad de tu comunidad, sino también para evitar situaciones de riesgo para los asistentes.
Recuerda que también deberás facilitar el acceso a baños y demás servicios básicos, incluido accesos para personas con movilidad reducida.
Por último, recuerda que debes consultar siempre el CTE (código técnico de la edificación), el principal conjunto de normas que regulan las edificaciones de España. Así te asegurarás de cumplir el documento básico de seguridad y de habitabilidad. Sabemos que la normativa es muy extensa, por eso te recomendamos que consultes con un abogado que interprete la ley por ti.